Santo Domingo,. La Corporación Aeroportuaria del Este (CAE) llevó ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) por posibles visos de corrupción a siete funcionarios que dieron la no objeción para facilitar la ejecución de esa obra.
Se trata de los miembros de la Comisión Aeroportuaria Johann Estrada Pelletier, Francisco Bolívar León Paulino, Julio César Mejía Alcántara, Félix Alejandro Rosa Martínez, Juan Ramón Cabrera Santana, Fredy Antonio Ruiz Lara y Julio César Rodríguez Alcántara, todos intimados a través de acto de alguacil el pasado lunes 3 de julio, siendo el abogado especial apoderado de este caso el doctor Miguel E. Valerio Jiminián y acusados ante la Procuraduría contra la Corrupción Administrativa por haber aprobado irregularmente la resolución 6796 sobre no objeción del proyecto.
Según la denuncia de la Corporación Aeroportuaria del Este, Johann Estrada Pelletier, parte del grupo de los siete en la denuncia depositada en la PEPCA instruyó a Francisco Bolívar León Paulino para que gestionara la aprobación del proyecto ante la Comisión de la Dirección de Navegación, por lo que está acusado de haberse convertido “en juez y parte del referido proyecto”.
Asimismo, agrega la denuncia agrega que “Bolívar León Paulino cumplió el mandato de Pelletier y remitió el proyecto a los miembros de la Comisión de la Dirección de Navegación del IDAC, que lo aprobaron “en tiempo récord de tres días”.
La denuncia contra los funcionarios surge nuevamente tras la declaratoria del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) que calificó ese proyecto de “lesivo al interés público”, basándose en que su aprobación violó “los principios, normas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente, lo cual justifica su nulidad”.
Una “acción arbitraria”
La CAE recurrió a la Procuraduría contra la Corrupción con un voluminoso fardo de evidencias de su denuncia a mano, en las que insistía en que al otorgar su conformidad y no objeción al desarrollo, construcción, operación y explotación del proyecto en Bávaro estos siete funcionarios “podrían haber comprometido su responsabilidad penal “al adoptar una decisión arbitraria, a sabiendas de las irregularidades existentes…”
Como una muestra de los vicios y negligencias en la autorización del proyecto se ha presentado una detección realizada por la actual dirección del IDAC en la resolución número 017/20, en la que afirma se evidencia “la ausencia de varios estudios esenciales para la autorización de la obra turística”.
Otro hecho que se ha presentado como una medida que ha contribuido a la prohibición de desarrollo del aeropuerto de Bávaro es que el informe favorable a la aprobación de esta obra fue realizado sobre la base de los documentos aportados por el grupo interesado.
El grupo que llevaba a cabo la construcción del aeropuerto de bávaro había realizado una serie de desmentidos a través de los medios justificando el proceso y la autorización para el desarrollo del proyecto, sus promotores se encontraron con la resolución de la nueva gestión del IDAC que tras estudiar a fondo toda la documentación existente encontró irregularidades tales como “insuficiencia de estudios que garanticen tanto la seguridad operativa del aeropuerto como su conformidad con regulaciones vigentes, incluyendo las ambientales”.
Ha llamado la atención de distintos sectores es que el proyecto aeroportuario en Bávaro terminó de forma rápida con el proceso aprobatorio y las concesiones fiscales aprobadas por el Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR).
También ha llamado la atención el cúmulo de detalles técnicos formulados por geólogos, grupos medioambientales y conservacionistas que advertían de los efectos negativos que sufriría el país de aprobarse una obra carente de condiciones elementales estipuladas en los manuales de requerimientos para estos casos.
Ejemplo de los peligros expuestos por distintos sectores están contenidos en inquietudes públicas expuestas por la Unión de Controladores Aéreos Dominicanos, que había advertido de que el proyecto fue evaluado para su aprobación solo tomando en consideración un informe de los interesados, sin haberse hecho un estudio técnico detallado como lo exigen los estándares de la OACI y la reglamentación nacional.